En ese sentido, con el llamamiento extraordinario no se logre alcanzar el número de seleccionados requeridos, el Poder Ejecutivo procederá de inmediato con el sorteo establecido en el artículo 50 de la Ley, modificada por Decreto Legislativo N° 1146.

¿Quiénes? Los jóvenes, tanto hombres como mujeres, entre los 18 y 25 años están aptos para participar en dicho sorteo. Y de ser elegidos tendrán que servir hasta por dos años a la patria.

Se ha determinado también que por cada sorteado se elegirán dos suplentes. La institución encargada de este proceso será la dependencia de Movilización y Reservas de Casa Armada que trabajará conjuntamente con un notario.

El reglamento detalla que dentro de este grupo pueden quedar exceptuados de prestar el servicio militar acuartelado los jóvenes que cursan estudios universitarios.

Ellos deberán mostrar una constancia de estudios, así como copias de sus recibos de pago de matrícula y carné universitario. No obstante, el documento no exonera a los estudiantes de carrera técnica.

También no participarán las personas que sufren de alguna discapacidad física y mental, las que deberán acreditar con un certificado del Ministerio de Salud de no más de tres meses de antigüedad o una resolución del Conadis.

A ello se suman los jefes de familia, quienes tendrán que presentar los DNI de los hijos. También pueden quedar fuera del llamamiento, pese a salir sorteados, quienes presten un servicio social voluntario a alguna comunidad o quienes tengan residencia en el extranjero. Se excluye además a quienes cumplen pena privativa de la libertad.

En caso el sorteado no quiera ir a servir tendrá que pagar una multa de S/. 1850 (50% del UIT) y su DNI carecerá de efectos legales ante cualquier trámite. Este pago ha generado controversia pues tendría carácter discriminatorio, según los detractores de esta norma.