La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) modificó su Reglamento de Transparencia determinando cuatro nuevos conceptos que las entidades financieras no podrán cobrar a sus clientes, entre ellos la comisión que cobran cuando los clientes realizan el prepago de sus créditos.

De esta forma, ahora los usuarios del sistema financiero podrán pagar por adelantado sus cuotas o cancelar la totalidad de sus deudas sin que las entidades financieras les cobren un cargo por ello.

Los tres restantes nuevos conceptos prohibidos de cobrarse son el cargo por evaluación y administración de las garantías vinculadas a los créditos hipotecarios de viviendas, los cargos por la remisión de depósitos al Fondo de Seguro de Depósitos, y los cargos por la emisión y por la entrega de la primera constancia de no adeudo por la cancelación de un crédito.

La SBS tomó esta medida en atención a la entrada en vigencia del Código de Protección y Defensa del Consumidor, por lo que publicó una resolución que modifica el Reglamento de Transparencia de Información y Disposiciones Aplicables a la Contratación con Usuarios del Sistema Financiero (Reglamento de Transparencia).