La decisión corrobora la posición de la Oficina de Armonización del Mercado Interior, encargada del registro de la marca comunitaria, que denegó el pedido por “falta de carácter distintivo” en 2010.

La empresa pedía a la Corte con sede en Luxemburgo que anulara la decisión de la OAMI y que hiciera al organismo asumir las costas del proceso judicial.

Sin embargo, en su fallo, el Tribunal General desestima el recurso de la cervecera, al considerar que los elementos que constituyen la marca solicitada carecen de carácter distintivo y que y no se diferencian sustancialmente de los envases de otras cervezas.

Backus y Johnston quería registrar como marca una botella de vidrio de color ámbar, que presenta una base ancha y un cuello largo y estrecho, cuyo cuerpo se estrecha en su parte central, rodeada por un grabado en relieve.

Fuente: EFE