La demanda había sido interpuesta contra la titular del Primer Juzgado Penal Especial de la Corte Superior de Lima, en el proceso que se le sigue por el delito de homicidio calificado.

Santillán Galdós alegó que purga prisión desde febrero de 2010 con base en la sindicación de un colaborador eficaz, quien no lo acusa de participar de manera directa en esos casos de violación a los derechos humanos.

Además, sostuvo que el testimonio en su contra no fue corroborado con otras pruebas y se contradeciría con las manifestaciones de otros colaboradores y sentenciados.

Al respecto, el TC concluyó que Santillán Galdós en realidad pretendía que se lleve a cabo un reexamen del material probatorio que sustenta la resolución judicial que decretó su detención provisional en el proceso que se le sigue.

Fuente: Agencia Andina